Entrega

1. El cliente estará obligado a aceptar las entregas de bienes a primer requerimiento de SCT.

2. Los tiempos de entrega fijados por SCT no se considerarán plazos en firme salvo que se haya acordado expresamente lo contrario por escrito y la dirección de SCT haya dado su consentimiento. En caso de retraso de una entrega, SCT tendrá que ser declarado en incumplimiento de contrato y se le concederá un plazo razonable de al menos 15 días laborables desde la fecha de recepción de la notificación para que cumpla con sus obligaciones. En caso de que se supere dicho plazo ampliado, el  cliente tendrá derecho a resolver el contrato o parte del mismo únicamente en aquello que afecta a los bienes que no se han entregado, o pedir su cumplimiento, sin perjuicio del resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos.

2.3. Salvo acuerdo en contrario, SCT tendrá derecho a entregar los bienes vendidos en diferentes momentos, no estando obligado a entregar todos ellos al mismo tiempo.